Los militares de Carrera se integran en distintos Cuerpos de acuerdo con los cometidos que deban desempeñar. Dentro de cada Cuerpo se agrupan en Escalas superiores, medias y básicas según el grado educativo exigido para el ingreso en ellas y las facultades profesionales que tengan asignadas.
Con la creación del Ministerio de Defensa en el año 1977 se produjeron una serie de cambios en la organización de los cuerpos militares, unificandose el cuerpo de Intervencion en el año 1985, el Cuerpo Jurídico en 1988 y que culmina en 1989 con la promulgación de la Ley 17/89 de 19 de Julio Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional.
Los Cuerpos específicos del Ejército del Aire son los siguientes:
Los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas son los siguientes:
Los miembros del Cuerpo General del Ejército del Aire, agrupados en Escalas superior, media y básica, tienen como cometidos el mando, preparación y empleo de la fuerza y del apoyo a la fuerza del Ejército del Aire.
Los empleos del Cuerpo General del Ejército del Aire son los de teniente a teniente
general en la Escala superior, alférez a teniente coronel en la Escala media y sargento a
suboficial mayor en la Escala básica.![]()
Los miembros del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire, agrupados en la Escala Superior, tienen como cometidos el planeamiento y gestión de los recursos económicos y el asesoramiento en materia económico-financiera en el ámbito del Ministerio de Defensa y de los organismos autónomos adscritos al mismo, así como el desarrollo de los de carácter logístico que se les encomienden reglamentariamente dentro del Ejército del Aire. También desarrollan cometidos de dirección en el ámbito de sus competencias.
Los empleos del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire son los de teniente a
general de división.![]()
Los miembros del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire, agrupados en la Escala Superior y la Escala Técnica, tienen como cometidos el asesoramiento, aplicación, estudio e investigación en materias técnicas propias de sus especialidades en el ámbito del Ejército del Aire, así como en el de otros organismos del Ministerio de Defensa y de los organismos autónomos adscritos al mismo. También desarrollan cometidos de dirección en el ámbito de sus competencias.
Los empleos del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire son los de teniente a
general de división para la Escala Superior y de alférez a tte. coronel para la Escala
Técnica.![]()
Los miembros del Cuerpo de Especialistas del Ejército del Aire, agrupados en Escalas de oficiales y básica, tienen como cometidos el mantenimiento, abastecimiento y, en su caso, manejo de los sistemas de armas, equipos y demás medios materiales del Ejército del Aire. También desarrollan cometidos de mando y de apoyo administrativo.
Los empleos del Cuerpo de Especialistas del Ejército del Aire son los de alférez a
teniente coronel en la Escala media y sargento a suboficial mayor en la Escala básica.![]()
Los miembros del Cuerpo Jurídico Militar, agrupados en una Escala superior, tienen como cometidos los que conforme a la Ley les corresponde en la jurisdicción militar y los de asesoramiento jurídico en el ámbito del Ministerio de Defensa y de los organismos autónomos adscritos al mismo.
Los empleos del Cuerpo Jurídico Militar son los de teniente a coronel, con las
denominaciones del empleo correspondiente seguidas del término «auditor», y los de
general de brigada y general de división, con las denominaciones de general auditor y
general consejero togado, respectivamente.![]()
Los miembros del Cuerpo Militar de Intervención, agrupados en una Escala superior, tienen como cometidos desempeñar, en el ámbito del Ministerio de Defensa y de los organismos autónomos adscritos al mismo y en los términos previstos en la Ley General Presupuestaria, la función interventora y los controles financieros y de eficacia, por delegación del Interventor general de la Administración del Estado, así como ejercer la Notaría Militar en la forma y condiciones establecidas por las leyes y emitir cuantos informes les sean solicitados en materia de su competencia por las autoridades superiores del Ministerio de Defensa.
Los empleos del Cuerpo Militar de Intervención son los de teniente a general de
división, con las denominaciones del empleo correspondiente seguidas del término
«interventor».![]()
Los miembros del Cuerpo Militar de Sanidad, agrupados en Escalas superior y media tienen como cometido la atención a la salud de los miembros de las Fuerzas Armadas en los campos logístico-operativo y asistencial.
Los empleos del Cuerpo Militar de Sanidad son los de teniente a general de división en
la Escala superior y los de alférez a teniente coronel en la Escala media, todos ellos
con las denominaciones del empleo correspondiente seguidas de la expresión «de
Sanidad».![]()
Los miembros del Cuerpo de Músicas Militares, agrupados en Escalas superior y básica, tienen como cometido prestar los servicios de música en el ámbito de la Fuerzas Armadas.
Los empleos del Cuerpo de Músicas Militares son los de teniente a teniente coronel en
la Escala superior y los de sargento a suboficial mayor en la Escala básica, todos ellos
con las denominaciones del empleo correspondiente seguidas del término «músico».![]()
Condensado de la Ley 17/89 de 19 de Julio Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional y modificaciones posteriores. Puede contener inexactitudes debido a la dificultad que encontramos en mantener actualizada la web, por lo que se admiten colaboraciones.