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Anualmente, y de acuerdo con las necesidades de los Ejércitos se publica por Real Decreto la provisión de plazas para ingreso en los Centros Docentes Militares de Formación y el acceso a militar de empleo de las categorías de oficial y de tropa v marineria Profesionales.
Posteriormente, derivada de la provisión de plazas anterior, se publica la convocatoria para METP's (Militar de Empleo Tropa Profesional), en la cual consta el número de incorporaciones y las especialidades que determina el Ejército del Aire.
Normalmente se desarrollará mediante el sistema de concurso-oposición, de acuerdo con lo que determinen las bases de las Resoluciones por las que se rijan las Convocatorias. Como norma general constará de una prueba Psicotécnica, realizada en los distintos Centros de Reclutamiento. El Órgano Central del Ministerio de Defensa cornunicará la relación de los admitidos en los distintos Ejércitos.
Los admitidos del Ejército del Aire, realizarán en la Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo (ETESDA/ZARAGOZA) una prueba de personalidad no eliminatoria, así como el reconocimiento médico y las pruebas físicas.
Una vez finalizado el proceso selectivo, los que no sean eliminados en las pruebas médicas o físicas, serán nombrados alumnos de las especialidades en las que inicialmente hubiesen sido seleccionados por el Órgano Central.
Los admitidos deben seguir un proceso de Formación Elemental que tiene las siguientes fases:
Cuatro semanas en la ETESDA (Zaragoza). Igual que un periodo de instrucción de militares de reemplazo, comprende el entrenamiento militar básico.
Seis semanas en la Escuela de la Especialidad correspondiente.
Finalizada esta fase , los aspirantes que la superen suscribirán el compromiso inicial y serán destinados a las Unidades. Los que no la superen podrán repetirla por una vez en su especialidad o en otra que se les asigne previa su conformidad.
Finalizada esta Formación Elemental adquieren la condición de Militar de Empleo Tropa Profesional (METP) y se desarrolla en las unidades a las que han sido destinados la Formación Complementaria, dirigida por un Tutor, de categoria de Suboficial y de su misma especialidad que les asesorará y apoyará a fin de preparar el temario del examen para el curso de Cabo al que podrá optar a los 13 meses de obtener la categoria de METP.
El curso se desarrollará en la Escuela de la Especialidad durante 8 semanas. Serán admitidos los que cumplan las condiciones:
Los soldados de especialidades de trayectoria corta que no superen el curso, causarán baja en el EA a petición propia o firmaran una ampliacion de compromiso y accederán por una sola vez a un nuevo curso de capacitación. Los de trayectoria larga que igualmente no lo superen, se incorporarán a las UCO's en las que estaban destinados, con la posibilidad de repetir el curso por una sola vez, en el transcurso del compromiso inicial.
Los requisitos para el ascenso son los que fijan los artículos 19 y 20 del Reglamento de Tropa y Marinería Profesional y se producirá siguiendo el orden del nuevo escalafonamiento que resulte del curso y con ocasión de vacante segun la plantilla fijada para el Ejército del Aire.
Se llevará a cabo, aproximadamente a los treinta;(30) meses de haber adquirido la condición de militar de empleo de la categoria de tropa profesional.
La duración del curso será de doce (12) semanas. Las cuatro (4) primeras, en las que se impartirá la fase militar y cultural, se realizarán en la ETESDA (Zaragoza) y las ocho (8) restantes, fase de especialidad, en las Escuelas, Centros y Organismos que se determine.
Al mismo podrán optar:
En el caso de especialidades de trayectoria corta, aquellos que expresen el deseo de renovar el 2º comprumiso, tengan informe favorable de sus jefes, superen el examen previo sobre conocimientos militares, culturales y de su especialidad y el test psicotécnico de aptitud.
En el caso de especialidades de trayectoria larga, aquellos que hayan expresado el deseo de renovar el compromiso inicial, tengan informe favorable de sus jefes, superen el examen previo sobre conocimientos militares, culturales y de su especialidad y el test psicotécnico de aptitud.
Los cabos que renuncien al curso y que deseen continuar como METP's firmarán un nuevo compromiso, que les será concedido con el informe favorable del Jefe de la UCO correspondiente.
Los cabos que no superen el curso podrán voluntariamente causar baja en el EA o bien acceder por una sola vez a un nuevo curso.
En teoría, y segun lo expresado en los apartados anteriores, cualquier METP estaría en condiclones de poder optar a las plazas que se ofertaran para la Escala básica por promoción interna, aproximadamente a los cincuenta y cuatro (54) meses de haber ingresado en el EA, ya que en este plazo de tiempo cumplirán el requisito, exigido, de llevar un año en el empleo de Caho 1º.
Los que no optaran por presentarse a la Escala Básica o no consiguieran ingresar, podrán ir renovando compromisos hasta los limites establecidos en el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las FAS. De acuerdo con el Reglamento podrían hacer cursos de perfeccionamiento o ampliación de conocimientos de sus respectivas especialidades y sujetos a condiciones de tiernpo de servicio mínimos derivadas de los mismos.
Ello implica una permanencia máxima de 16 años prorrogables a 20 para los de trayectoria larga y un máximo de 12 años, prorrogables a 16 para los de trayectoria corta. Siempre que no obtengan la condicion de Tropa Permanente.
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